martes, 20 de agosto de 2013

"TIERRA DE MOLLES, LONCCOS, LABRADORES Y PELEA DE TOROS

HISTORIA

  
 
 
La palabra Mollebaya proviene de dos vocablos Molle- Balla, que significa Pampa de Molles, hace aproximadamente el año de 1541 fue su fundación española, debido que fue un caserío de Pocsi. En aquellos tiempos la zona gozaba de abundantes lluvias, estas precipitaciones se presentaban desde diciembre hasta el mes de marzo, sin embargo en la parte alta del distrito además de la presencia de lluvias el clima no era favorable para el cultivo debido a la presencia de nubes los cuales impedían tener una buena cosecha; por otro lado en la parte baja de Mollebaya (la actual Mollebaya),el clima era favorable para el cultivo contando con un tiempo soleado y los cultivos se diversificaban en fruta, maÍz, zapallo, etc. Por lo que la parte alta era pobre, llovía y había heladas, mientras que en la parte baja tenia mejores condiciones para vivir por lo que ante esta situación se opto por hacer una reunión en la parte alta (Pocsi) acordaron a realizar una migración a Mollebaya con el debido empadronamiento de la familias, las cuales obtuvieron la parcelación de terrenos de cultivo y vivienda, dándoles también una dotación de agua, equivalente a la que les correspondía en la parte alta.

Después de 50 a 60 años aproximadamente, las condiciones climáticas en la parte alta cambiaron, desapareciendo las excesivas lluvias en la parte alta y las heladas por lo que algunas familias que se habían trasladado a la parte baja regresaron a su lugar de origen. Sin embargo el pueblo de Mollebaya fue desarrollándose y urbanizándose y se constituyo la primera calle, "Calle Moquegua", entre las
familias que se quedaron y que actualmente residen en Mollebaya Tradicional son: Palos, Acos, Flores, Lajos, Saicos, Quequezana,etc.
 
 

CREACIÓN POLÍTICA

 



La creación política del distrito de Mollebaya se dio el 27 de mayo de muy 1952, mediante Ley No 11845, estableciendo como capital del distrito el Pueblo de Mollebaya.

Texto de la Ley de Creación
CREASE LOS DISTRITOS DE POLOBAYA Y MOLLEBAYA
LEY N° 11845
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente: '
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la Ley siguiente;
Art. 1. Crease en la Provincia de Arequipa, del Departamento de este nombre, los Distritos de Polobaya y Mollebaya.
Art. 2. El Distrito de Polobaya tendrá por capital el pueblo de Polobaya Grande y los anexos los pueblos de Polobaya Chico, Usuña, Chapi y los caseríos de Agua Buena, Yllignaya, Totorani, Buenavista, La Rinconada, San José de Usuña, Churajón, Tásala, Suriguaya y La Banda.
Art. 3. El Distrito de Mollebaya tendrá como capital el pueblo de este nombre y corno anexos el pueblo de Santa Ana y los caseríos de Machahuaya, el Horno y Girahuaya.
Art. 4. Los límites de los Distritos que se crean por la presente ley, serán los mismos que tienen los pueblos y caseríos que en calidad de anexos lo constituyen.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Al Sr. Presidente Constitucional de la República.

Casa del Congreso, en Lima, a los 27 días del mes de mayo de 1952.
Héctor Boza, Presidente del Senado

Claudio Fernández Concha, Presidente de la Cámara de Diputados
Manuel B. Lloza, Senador Secretario

Moisés Álvarez Amarillo, Diputado Secretario.

POR TANTO:
Mando se Publique y Cumpla.
Dado en la casa de gobierno, en Lima, a los 27 días del mes de Mayo de 1952.


 
 
IGLESIA DEL PUEBLO TRADICIONAL DE MOLLEBAYA
 
 
 

 

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